INICIO | BITÁCORA FISCAL
BITÁCORA FISCAL

Deducciones personales para tu planeación fiscal 2017

Por: MDF. Ricardo Manuel Derreza Gutiérrez
Asesor y planeador fiscal

Share This:

Hablar de planeación fiscal comúnmente se entiende como encontrar las lagunas de la ley para pagar menos impuestos, lo cual es una interpretación errónea. Para poder entender el concepto real de planeación fiscal, empecemos por separar el concepto. Para Salvador Mercado, planear es definir los objetivos y determinar los medios para alcanzarlos; es fundamentalmente analizar por anticipado los problemas, planear las posibles soluciones y señalar los pasos necesarios para llegar eficientemente a los objetivos que la solución elegida define. Con base en esta definición y agregando el adjetivo “fiscal” podemos aterrizar que la planeación fiscal en concepto, se refiere a analizar las posibles soluciones que la propia ley señala, aprovechando al máximo todos los estímulos, facilidades o aplicaciones estrictas que optimicen la situación financiera de los contribuyentes.

En la actualidad la planeación fiscal es difícil de distinguir entre una conducta legal y otros actos ilegales como son la elusión, evasión, simulación, fraude o delito fiscal. La evasión fiscal induce al contribuyente a no cumplir con sus obligaciones haciendo uso del engaño. Por otro lado la elusión tiende a evitar las responsabilidades que pudieran surgir con las acciones del contribuyente. Y por último la defraudación fiscal supone la intención de dañar y afectar directamente el presupuesto del Estado con la ocultación de cualquier situación fiscal.

De esta forma, podemos tener mucho más claro que es y que no es la planeación fiscal y así poder empezar a realizar nuestra propia planeación fiscal para este 2017, no importando la actividad de la cual provengan nuestros ingresos, pues todos los sujetos tienen puntos de oportunidad para optimizar su situación fiscal logrando así un pago justo y acorde a lo que realmente correspondería su riqueza y capacidad de pagar impuestos.

Para poder realizar una planeación para el año que comienza, es necesario tener bien identificadas todas las fuentes por las que estimamos recibir ingresos y por otro lado, cuales son aquellos gastos personales que regularmente efectuamos y si bien pudieran a llegar a existir operaciones extraordinarias, esto para poder tomar una decisión que ayude a evitar un pago excesivo de impuestos.

Si bien es cierto, cada ejercicio es diferente, podemos apoyarnos en tomar de referencia el año 2016 y así poder tener un panorama mucho más claro de lo que pudiera llegar a pasar este año. Uno de los puntos más comunes, que pocas veces utilizamos las personas físicas para poder disminuir su base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta, son las deducciones personales, las cuales se mencionan en el artículo 151 de este impuesto, las cuales son:

  • Honorarios médicos, dentales, psicólogos, nutriólogos y gastos hospitalarios.
  • Gastos funerales no mayores a un salario mínimo elevado al año.
  • Donativos
  • Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
  • Aportaciones complementarias de retiro.
  • Primas de seguros de gastos médicos.
  • Transporte escolar.
  • Estímulo fiscal para la deducción de colegiaturas.

Como parte de la reforma fiscal para este 2017, se adicionaron a la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las deducciones por pagos a psicólogos y nutriólogos, lo cual se sostiene con los argumentos ante el Congreso de que la salud mental es un estado de bienestar en el que la persona desarrolla sus capacidades y es apta para de hacer frente al estrés normal de la vida, de trabajar de forma productiva y de contribuir a su comunidad. De igual forma respecto al tema de nutrición se señaló que en México el sobrepeso y la obesidad es un problema que está muy latente en la población, en donde 7 de cada 10 personas presenta uno de estos padecimientos que, además generan enfermedades crónico-degenerativas, relacionadas con estas patologías de base como son cardiovasculares y diabetes.

Las deducciones personales autorizadas tienen la limitante de que no podrán exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos elevados al año, o del 15% del total de sus ingresos, sin embargo esta limitante no aplica para las deducciones por concepto de donaciones ni de aportaciones complementarias para el retiro.

Como parte de nuestra planeación fiscal y a su vez patrimonial, considerar la opción de los planes personales para el retiro, resulta una forma de reducir nuestra base fiscal y a su vez poder garantizar un futuro económicamente estable. En México, es poca la cultura de empezar a realizar planes personales para el retiro, ya que preferimos hacer uso de nuestros recursos día con día, que empezar un plan de ahorro o de metas, lo que nos recuerda lo citado por Sigmund Freud, quien decía que cada uno de nosotros tiene a todos como mortales menos a sí mismo, realidad que la mayoría hacemos efectiva al vivir hoy y ahorrar mañana.

Para lo anterior, existe un estímulo fiscal en el artículo 185 de la Ley del ISR. Para quienes vayan a realizar su declaración anual este mayo 2017 y deseen aumentar el importe de sus deducciones personales, podrán contratar un plan personal para el retiro hasta por $152,000.00 pesos, siempre y cuando realicen las aportaciones antes de la presentación de la declaración anual, logrando así, disminuir el impuesto a pagar o incluso obtener saldo a favor.

Para poder tener un impacto favorable con estas deducciones, no debemos olvidar la obligación de realizar el pago de las mismas, siempre que sean mayores a $2,000.00 pesos, a través de tarjetas de crédito o débito, cheques o transferencia bancaria para cumplir con lo que señala la propia ley, de igual forma solicitar nuestro comprobante fiscal en el cual se cumpla con todos los requisitos y así poder hacer efectiva la deducción personal en nuestra declaración anual.

Si bien no todos estamos obligados a realizar nuestra declaración anual, la ley señala que están obligados quienes reciban ingresos por más de una fuente, quienes obtengan ingresos mayores a $400,000.00 pesos anuales, cuando presten servicios a más de un patrón simultáneamente, cuando tengan ingresos provenientes del extranjero o cuando soliciten por escrito a su patrón que presentarán su declaración anual. Para quienes su ingreso únicamente provenga de salarios, es recomendable el último punto señalado, ya que haciendo uso efectivo de sus deducciones personales obtendrán ISR a favor en su declaración 2017, la cual se presentará en mayo 2018.

Con todo esto, el objetivo de realizar nuestra planeación fiscal 2017 utilizando nuestras deducciones personales, es tener muy claros todos los puntos de oportunidad que se nos presentan en el transcurso del año para deducir todo lo que la ley permite y de este modo obtener saldos a favor, los cuales derivan de una respuesta del contribuyente ante el pago de impuestos exigiendo este sea de manera justa y cercana a la realidad financiera de cada persona.

   REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

Mercado, S. (2010) Administración aplicada (Teoría y práctica). Limusa: México.