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Donación de órganos y el «consentimiento presunto”

Por: MDE. Karen Lizbeth Ayala García
Abogada en el Departamento Jurídico Corporativo STRATEGA Consultores
karen.ayala@strategamagazine.com

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Me viene a la mente la frase de Martin Luther King: “si ayudo a una sola persona a tener esperanza, no habré vivido en vano” como una forma de buscar el bien para los demás; transportando la frase al terreno de la donación de órganos, tejidos y células, se convierte en una oportunidad de vida para pacientes con padecimientos crónicos degenerativos.

La donación de órganos en nuestro país ha ido tomando fuerza, a pesar de la falta de cultura, aunada a creencias, tabúes, educación o percepción hacia este acto, sin embargo, los datos arrojados en el primer semestre del 2019, por el Centro Nacional de Trasplantes, refiere que hasta esa fecha se habían llevado a cabo un total de 2,183 donaciones, de las cuales 1,226 fueron concretadas con órganos y tejidos de personas fallecidas –por muerte encefálica hubo 264 y por paro cardiaco irreversible, 962–; en lo que concierne a donantes vivos, las cifras proyectaron que 952 fueron trasplantes renales y 5 hepáticos; no obstante, en ese primer semestre 22,290 receptores aún estaban en espera.

La ley general de salud estipula que se puede donar en vida sólo en circunstancias que la ley y la salud lo permitan; asimismo podrá hacerlo quien fallece por muerte encefálica o por paro cardiorrespiratorio, únicamente si lo expresó y estipuló antes de morir, y se cuenta con el consentimiento de la familia; en el supuesto en que no lo haya manifestado en vida, el o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante podrán consentirlo conforme al artículo 324 de la citada ley, únicamente para la donación de órganos y tejidos, una vez que se confirme la pérdida de la vida del disponente, y estos serán regidos por los principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y confidencialidad; y se llevarán a cabo por instituciones certificadas y con licencia para realizar trasplantes.

En el caso de muerte por paro cardiaco, los órganos y tejidos que pueden ser donados son tendones, válvulas cardiacas, corneas, huesos y piel; en tanto que por muerte cerebral: corazón, pulmones, hígado, riñón, páncreas, intestino, válvulas cardiacas, tendones, córneas, huesos, cartílagos y piel.

En vida, los órganos y tejidos que pueden ser susceptibles a donación son un riñón y medula ósea, y sólo una parte para el caso de hígado, pulmones y páncreas, y deberán regirse en lo estipulado en el artículo 333 de la multicitada ley (mayor de 18 años, compatible con el receptor, estar en pleno uso de sus facultades médicas y mentales, recibir información completa de riesgos y consecuencias por un médico diferente al que realizará el trasplante y otorgar su consentimiento ante Notario Público).

En abril del 2018 se aprobaron, por parte del Pleno del Senado, las reformas a la ley general de salud para insertar el “consentimiento presunto”, fundamentando la petición en la escasa cultura y voluntarios para atender la demandante lista de receptores en espera, este concepto se refiere a que si no existe la negativa expresa del mayor de edad de que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantarlos en otros al momento de morir, se tendrá por consentido este acto y no se tendrá que pedir la autorización de la familia.

Aún no se ha reformado la ley, sigue en la cámara de Diputados, sin embargo, ha causado controversia, pues grupos opositores consideran que trasgrede el derecho a la libertad de decidir y argumentan que se generaría aumento en los delitos de trata y tráfico en el mercado negro de órganos; desde mi punto de vista, se busca sensibilizar a la sociedad respecto a este tema, decir sí o no, ya que la mayoría es omisa en hacerlo, y esto acotaría tiempo y burocracia.

Debemos hacer conciencia de que la donación de órganos puede salvar o mejorar vidas, de ahí que es tan importante la manifestación de hacerlo, valuar la decisión desde un punto de vista ético, filosófico, legal y económico, que lejos de dañar puede beneficiarnos.

Es curioso, mientras usted o yo leemos este artículo, hay más de veinte mil personas en México que se encuentran en una larga lista de receptores, con muchos obstáculos, desde la compatibilidad hasta la agonía de estar luchando día a día, para seguir esperando… Finalizo, para su reflexión, con la frase del teniente James H. Doolittle: “No hay nada más fuerte en el mundo que el corazón de un voluntario”.