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El outsourcing en nuestros tiempos

Por: LD. Ana Lucía Urbina González
Compliance Officer por la World Compliance Association (WCA)
ana.urbina@strategamagazine.com

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La reciente administración federal se ha caracterizado por plantear cambios sustanciales en la legislación del país; nos encontramos frente a una nueva corriente de propuestas que han provocado múltiples opiniones en el sector económico, social y político. Así las cosas, la normatividad laboral y de seguridad social no fueron la excepción, pues, el 29 de octubre del año pasado, el senador Napoleón Gómez Urrutia, perteneciente al grupo parlamentario de Morena, presentó una iniciativa para reformar y adicionar nuevas disposiciones a diversas leyes que tutelan los derechos y obligaciones de patrones y trabajadores en México, con el objetivo de imponer nuevas reglas a la figura conocida como subcontratación u outsourcing.

Es conocido por todos que el outsourcing, al ser una figura tutelada por la ley, es creada con la finalidad de que las empresas tengan la posibilidad de subcontratar personal para desempeñar ciertos puestos o funciones específicas dentro de sus instalaciones, sin que ello constituya una relación laboral per se. Sin embargo, resulta de vital importancia mencionar que la empresa tiene que cerciorarse de que el personal subcontratado cuenta con todas y cada una de las prestaciones que la ley otorga a los trabajadores. La obligación comentada no queda sujeta a la voluntad de los contratantes, pues de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores se establecen requisitos y obligaciones puntuales para que la figura de subcontratación sea real y legal.

No obstante, en virtud de que esta figura fue usada por algunos grupos de manera errónea e ilegal, causando un perjuicio laboral, de seguridad social y recaudatorio en el país; la nueva legislatura ve la necesidad de imponer reglas y elevar su mala praxis a delincuencia organizada. En ese sentido, la propuesta de reforma busca incentivar el esquema de subcontratación por medio del cual la empresa contratista pone a disposición de la contratante a aquellas personas que desempeñarán actividades especializadas, de conformidad con los artículos 15-A a 15-D de la Ley Federal del Trabajo.

El espíritu de la iniciativa mencionada es, principalmente, atacar y perseguir el outsourcing o insourcing ilegales, que menoscaban los derechos de los trabajadores que se encuentran bajo un esquema de subcontratación simulado. En primer lugar, el dictamen se refiere a la necesidad de acabar con la omisión en el pago de reparto de utilidades y, en segundo lugar, a la transgresión de los derechos sindicales de los trabajadores. Por lo que respecta al reparto de utilidades, el senador Gómez Urrutia propone obligar a las empresas omisas en su entrega a autocorregirse de manera espontánea, ya que de no hacerlo serán perseguidas penalmente.

Es importante mencionar la retroactividad de leyes que contempla el dictamen que contiene la reforma en materia de subcontratación, ya que se plantea castigar conductas del pasado, con legislación vigente o futura. En este punto no olvidemos que la Constitución vela diversas garantías fundamentales, entre ellas la irretroactividad de leyes en perjuicio de cualquier persona; motivo por el cual las nuevas disposiciones darán lugar a diversos medios de defensa que deberán resolver, de manera imparcial, nuestros Tribunales.

Además de establecer que la reforma a las disposiciones laborales y de seguridad social busca hacer valer la totalidad de los derechos de los trabajadores –preponderantemente el pago de PTU y los sindicales–, se imponen requisitos a las compañías que se dediquen a la subcontratación, ya que deberán hacer contratos siguiendo un nuevo protocolo; así como estar debidamente inscritas en el Registro Nacional de Empresas de subcontratación, que será creado por la STPS; y, finalmente, ser sujetas en conjunto con las contratantes del nuevo modelo de inspección laboral que combate a la subcontratación ilegal.