INICIO | BITÁCORA FISCAL
BITÁCORA FISCAL

Estímulo fiscal para las ofertas públicas iniciales

Por: MDF. María Fernanda Haro Mejía
Abogada fiscalista

Share This:

El 2018 fue la primera anualidad, al menos en las últimas 10, en la que no se registró ni una sola Oferta Pública Inicial (OPI) en el mercado de valores local; según El Financiero, José Oriol Bosch, director general de la Bolsa Mexicana de Valores, señaló que fue el primer año en los últimos 50 en donde se tienen dos bolsas y ninguna colocación accionaria.

Por lo anterior, al representar el mercado bursátil una fuente importante de capitalización de las medianas empresas, y en vía de permitir que las compañías nacionales puedan financiar sus inversiones a un menor costo, generando más empleos y crecimiento económico, el 8 de enero de 2019 el Gobierno de México publicó un Decreto en el cual se establece un incentivo fiscal para las OPI.

Una OPI ocurre cuando una empresa cotiza en la bolsa y vende por primera vez acciones a los inversionistas. Las corporaciones privadas deciden realizar esta oferta y permitir que el público inversionista participe en sus ganancias, a través de la compra de acciones, con la finalidad de obtener fondos para poder seguir desarrollándose, financiar sus proyectos o aumentar su inventario, entre otros objetivos. De esta manera, ceden parte de la organización, pero adquieren capital para crecer.

El decreto publicado el 8 de enero de 2019, en el Diario Oficial de la Federación, otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes –personas físicas residentes en México y personas físicas y morales residentes en el extranjero– para aplicar una tasa del 10% del impuesto sobre la renta a las ganancias obtenidas derivadas de la enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas, a través de una OPI.

El incentivo estará vigente durante los ejercicios 2019, 2020 y 2021, debiéndose cumplir los siguientes requisitos:

  • Que la enajenación de las acciones en la bolsa de valores sea realizada a través de una OPI de una sociedad mexicana que no haya cotizado con anterioridad.
  • Que el valor del capital contable de la sociedad mexicana, cuyas acciones sean vendidas, corresponda a un millón de pesos.
  • Que no sean enajenadas por persona o grupo de personas que, directa o indirectamente, posean 10% o más de las acciones representativas del capital social de la sociedad emisora, o bien que tengan el control de la emisora en términos de la Ley del Mercado de Valores.

Al fomentar las OPI se pretende lograr que nuevas empresas se incorporen al mercado de valores, se fortalezca el sector financiero y que México se convierta en un país competitivo internacional, situación que se aplaude; no obstante, el panorama no pinta muy favorecedor, ya que en los últimos días la calificadora de riesgo crediticio Standard & Poor’s cambió de estable a negativa la nota de varias corporaciones mexicanas, como Pemex y CFE, deteriorando la imagen de nuestro sistema financiero y la confianza de los inversionistas.

Además, otro factor importante es que la mayoría de los contribuyentes cuentan con un conocimiento financiero escaso y por falsos clichés, el miedo a ceder una parte del control sobre la compañía o divulgar sus finanzas pierden la oportunidad de convertirse en una gran empresa sólida y rentable ante los ojos no sólo de México, sino del mundo entero, por lo que, aunado a los estímulos fiscales, también resulta indispensable promover la educación financiera.