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ARTE Y CULTURA

Las mil palabras atrás de la imagen

Por: MDG. Irma Carrillo Chávez
Maestra investigadora UASLP
@IrmaCarrilloCh

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Ante la profusión, explotación y uso de la imagen –me referiré específicamente a fotografías publicadas en redes sociales– nos enfrentamos al gran problema de la propiedad intelectual, usos que se les dan, descontextualizar la fotografía y, en general, todas las actividades que los mismos usuarios propician al momento de decidir subir una imagen en un sitio social. Es evidente, que, si uno es fotógrafo profesional, dedicado a realizar tomas de, por ejemplo, un evento social o fotografía de producto o modelaje, es necesario recurrir entonces a la Ley de Propiedad Intelectual, la cual considera que son cuatro los derechos de explotación de la imagen: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.

En todo caso, si deseamos utilizar una fotografía con derechos de autor registrados, es necesario solicitar ese permiso al autor de la toma y, en su caso, pagar por ese derecho. Sin embargo, la imagen fotográfica, derivada de nuestros dispositivos electrónicos, se aviene a los derechos de uso legal que cada una de las redes sociales nos proporciona al unirnos a ellas. Compartir fotografías relacionadas con un evento o una actividad, o un simple autorretrato, conlleva muchos riesgos, de los cuales no estamos conscientes. En primer lugar, cedemos los derechos de uso a los creadores de la red social en cuestión. La naturaleza universal de las redes sociales, en donde millones de usuarios suben millares de imágenes por minuto, hace imposible el registro intelectual de cada toma, ¿registrarías la imagen familiar del cumpleaños de la tía o la abuela? La respuesta, por supuesto, sería “no”. Es imposible registrarlo todo, por lo que las redes sociales han implementado un mecanismo de concesión de licencias sobre los derechos de propiedad intelectual que se suban en su sitio. Es entonces muy recomendable realizar los ajustes necesarios en la configuración de privacidad y procurar la lectura de las condiciones legales, ya que, a estas imágenes, se les otorga una amplia licencia no exclusiva, sin retribución económica para utilizarlas.

Cada vez que se sube una imagen a Facebook, se autoriza para que use las fotos sin límites temporales ni de territorio o espacio y con carácter no exclusivo, aunque reconocen la autoría. Instagram, por su parte, afirma que no reclama la propiedad de ninguna fotografía que publique su servicio, pero establece que cuando subes una imagen a su página le otorgas una licencia muy amplia sobre ella, manifestando y garantizando que eres el autor de la fotografía o tienes las autorizaciones necesarias para otorgar los derechos y licencias estipulados en sus condiciones de uso. También hace énfasis en que las fotografías que se publiquen no vulneran derechos de terceros, ni de privacidad, publicidad, marcas, derechos de autor o cualquier otro.

Las palabras que guardan las imágenes van más allá de una pura interpretación, por lo que recomiendo cuidar mucho el uso que les demos y atribuir la autoría a quien corresponda, si no queremos vernos involucrados en líos legales.