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Norma NOM-035-STPS-2018 contra el estrés laboral

Por: MSP. María Jocelyn Bravo Ruvalcaba
Médica egresada de la UASLP; maestra en Salud Pública por la Escuela de Salud Pública de México, del INSP
@Ma_joshyta

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“El trabajo más productivo es el que sale de las manos de un hombre contento”.

Víctor Pauchet

¿Qué es el estrés laboral? La Organización Mundial de la Salud (OMS) lo define como la “reacción que puede tener un individuo ante exigencias y presiones laborales que no se ajustan a sus conocimientos y capacidades, y que ponen a prueba su capacidad para afrontar la situación”.

Como causas se han identificado las características del puesto, volumen y ritmo de trabajo, horario, participación y control, perspectivas profesionales, estatus y salario, papel en la entidad, relaciones interpersonales, cultura institucional y relación entre la vida familiar y la profesional. Por ejemplo, en países como Canadá, Alemania e incluso Brasil, Chile y Cuba el porcentaje de personas que trabaja más de 48 horas a la semana es inferior al 10%, mientras que en México es de 28.2%, según cifras de 2018 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Podemos separar en dos los efectos posibles de identificar: los relacionados a las personas y los de las empresas; en los primeros se ha descrito la angustia, irritabilidad, dificultad para concentrarse, cansancio, insomnio o problemas médicos, como los cardiacos, gástricos y musculares, entre otros. Mientras que en las corporaciones se registra ausentismo, bajo rendimiento, desinterés, apatía, quejas, problemas legales, deterioro de la imagen institucional y baja productividad.

Los problemas relacionados con la salud laboral no son nuevos, comenzaron a ser descritos en el siglo XVII por el médico italiano Bernardino Ramazzini, no obstante, derivado del avance tecnológico y las nuevas dinámicas económicas y sociales, estos se van presentando de diversas maneras, obligando a las compañías y los gobiernos a establecer acciones para prevenirlos y atenderlos.

Tal es el caso del estrés laboral, y por lo que el día 23 de octubre de 2019 entró en vigor la NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Identificación, análisis y prevención, la cual tiene como objetivo “establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo”. Además, se señalan las obligaciones del patrón; las obligaciones de los trabajadores; la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional; las medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, de la violencia laboral y promoción del entorno organizacional favorable; así como las unidades de verificación y los procedimientos para la evaluación de la conformidad y la vigilancia.

En las obligaciones del patrón destacan las medidas que deberán implementar para saber cuáles son los factores de riesgo psicosocial y las condiciones del entorno laboral, las cargas de trabajo, las jornadas y rotación de turno, así como su interferencia en la relación trabajo-familia. Destaca la mención de otros conflictos como un ambiente con relaciones negativas o de violencia, entendida como acoso, hostigamiento y malos tratos. Por lo que los diagnósticos deberán contemplar el sentir de pertenencia de los trabajadores, el estudio de la participación de las partes, tipo de comunicación; apoyados en pruebas validadas para tal fin.

Otra de las obligaciones de los patrones será contar con acciones de prevención, a través de la gestión del apoyo social, la difusión de información, la capacitación y la revisión de programas laborales. Cabe señalar que toma gran relevancia, como todas aquellas políticas preventivas en salud, pues son siempre medidas más eficaces y menos costosas.

Sin lugar a dudas, esta norma, que se suma a las 34 ya existentes en materia laboral, incrementa la responsabilidad a las compañías, pero también hay obligaciones de los trabajadores, tales como observar las medidas de prevención y abstenerse de realizar prácticas que fomenten la violencia en el trabajo.

Finalmente, como lo señala la OIT en su documento “La prevención del estrés en el trabajo: lista de puntos de comprobación”, esta política de identificación, análisis y de prevención del estrés laboral debe estar integrada a la política general de salud y seguridad de cada empresa, tomando en consideración sus características particulares.