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Propiedad industrial: patentes y modelos de utilidad

Por: MDE. Karen Lizbeth Ayala García
Abogada en el Departamento Jurídico Corporativo STRATEGA Consultores
karen.ayala@strategamagazine.com

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En México desde que eres un niño, tus padres, maestros y alguno que otro compañero, con orgullo presumimos que fue un mexicano quien inventó la televisión a color: Guillermo González Camarena. También escuchamos mitos tales como que no se le reconoció o que fue robado su invento, y que otras personas se adjudicaron su creación.

Guillermo González Camarena inventó en 1940 un sistema para transmitir televisión a color: el Sistema Tricromático Secuencial de Campos. Más tarde creó un sistema más simple para generar color, el Sistema Bicolor Simplificado. (Milenio Diario, S.A. de C.V.)

Lo cierto es que a Camarena no se le adjudicó la patente de televisión a color, ya que se determinó por las autoridades correspondientes, que el invento se trataba de una mejora sobre los aparatos de televisión en blanco y negro antes patentados. Sin embargo, para garantizar su creación y hacerla valer ante terceros registró la patente del sistema tricromático secuencial en territorio nacional y posteriormente en Estados Unidos de Norteamérica.

Es aquí donde destacan dos palabra clave, Patentes y Mejoras, pertenecientes a lo que conocemos como Propiedad Industrial; éstas a su vez forman parte de un cuerpo más amplio llamado Propiedad Intelectual, que se refiere a todas las creaciones del intelecto.

Pioneros, Inventores, Creadores, Científicos; estos y otros términos similares, se han utilizado a través del tiempo para referirse a un sin fin de personajes que de una u otra forma lograron revolucionar el campo donde se especializaron, y aunque estas denominaciones se han explotado y en alguna que otra ocasión se ha abusado de ellas, no cabe la menor duda de que hay hombres que verdaderamente ganaron tan prestigioso título dentro de la propiedad intelectual.

De acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) tiene, entre otras atribuciones, fomentar y proteger la propiedad industrial, es decir, aquellos derechos exclusivos de explotación que otorga el Estado durante un tiempo determinado a las creaciones de aplicación industrial y comercial, tales como las patentes de invención, los diseños industriales, las marcas, los modelos de utilidad, esquemas de trazados de circuitos, los secretos industriales, cuya importancia consiste en que son signos que transmiten información, especialmente al mercado consumidor, y tal protección tendrá por finalidad impedir toda utilización no autorizada de dichos signos, que pueda inducir a error a los consumidores, así como toda práctica que induzca a error en general.

Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, la patente de invención es el instrumento legal que permite a un inventor, a su causahabiente o cesionario, explotar de modo exclusivo un invento, llamándose así al producto o proceso que constituye una nueva manera de hacer algo, o proponga una nueva solución técnica a un problema, mientras que el modelo de utilidad es cualquier objeto, utensilio, aparato o herramienta que, como resultado de una modificación en su configuración, su forma o estructura, o de la disposición de sus elementos o partes, permita realizar una función diferente o presente ventajas en cuanto a su utilidad ("pequeñas patentes" o "patentes de innovación"), en palabras comunes implica alterar o modificar un elemento ya existente y agregar nuevos componentes o bien rediseñarlos para otros usos que no estaban contemplados.

El titular de cualquiera de éstas gozará durante un tiempo determinado, mediante el cumplimiento de ciertas obligaciones que establecen las leyes, para que su patente o modelo de utilidad no pueda ser fabricada, utilizada, distribuida ni vendida con fines comerciales sin su consentimiento, así mismo el titular puede obtener beneficios económicos sobre cualquiera que sea su propiedad industrial, ya que puede explotarla de manera comercial, ceder, distribuir, licenciar o incluso vender los derechos que el Estado le confiere.

Los requisitos para obtener un modelo de utilidad son menos estrictos que para las patentes, incluso en la práctica, se llega a utilizar la protección mediante modelos de utilidad para innovaciones menores que quizás no satisfagan los criterios de patentabilidad. La vigencia de la titularidad para los modelos de utilidad es de 10 años sin posibilidad de renovación; mientras tanto las patentes se mantienen por 20 años. Al finalizar la protección pasan a formar parte del dominio público.

Es importante diferenciar estos dos términos, ya que coloquialmente los llegamos a confundir y creemos que cualquier invento, creación o modificación de algún objeto es denominado patente; sin embargo, para poder llamarse de esta forma es importante considerar ciertos requisitos como son la característica de novedad, es decir, una característica nueva que no forme parte del cuerpo de conocimientos existente en su ámbito técnico, que sea de uso práctico o también llamada aplicación industrial, que significa que puede ser usado en cualquier rama de la actividad económica; y por último, que tenga una actividad inventiva, lo que significa que no puede ser producto de deducción por una persona con conocimientos técnicos en el rubro en donde destaque dicha invención.

El modelo de utilidad en cambio solo necesita que sea novedoso y de aplicación industrial o uso práctico.

Algunos ejemplos de patentes orgullosamente mexicanas son el sistema tricromático de Guillermo González Camarena, la píldora anticonceptiva de Luis Ernesto Miramontes, filtros solares para ahorro de energía de Rafael Almanza, la tinta indeleble de Filiberto Vázquez Dávila, y qué decir de la primera máquina tortilladora de Everardo Rodríguez Arce y Luis Romero.

Es importante que tengamos la cultura de registrar y saber aprovechar los derechos y beneficios que la ley nos otorga de protección a la propiedad industrial por varias razones, como es principalmente el progreso y el bienestar de la humanidad ya que dependemos de la capacidad de crear e inventar nuevas obras en las esferas de la tecnología y la cultura. La protección jurídica de las nuevas creaciones alienta a destinar recursos adicionales a la innovación y a la educación, y por último, la promoción y la protección de la propiedad intelectual estimula el crecimiento económico tanto del titular como del país completo, ya que genera nuevos empleos e industrias, enriquece y mejora la calidad de vida.