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Los medios de defensa en materia fiscal

Por: LD. Hugo Enrique Mendoza Carbajal
Abogado fiscalista STRATEGA Consultores
hugo.mendoza@strategamagazine.com

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Desde que tengo uso de razón, en su afán por hacer más afables y entendibles las noticias, los medios de comunicación son imprecisos y vagos al momento de compartir sus datos: desde “meter” amparos, hasta exhibir nombres y rostros de imputados en procedimientos penales; este es el día a día en periódicos y noticieros. Si bien se debe a la inmediatez de la información y a lo lacónico de sus formatos, no es óbice para mencionar que ha propiciado ignorancia en su público consumidor en cuanto a temas jurídicos se refiere.

Si esto ocurre en asuntos relativamente simples y comunes, ¿qué sucede en cuestiones tributarias? México cerró 2025 con una tasa de informalidad del 55% de la población ocupada. Si bien los “informales” pagan impuestos como el IVA y el IEPS cuando consumen bienes o servicios (e ISR en el caso de quienes trabajan en el sector formal de la economía), el desconocimiento de temas contables es evidente. No por nada el libro WTF con el SAT es un éxito en ventas, y ya cuenta con una tercera edición.

Si no sabemos de temas fiscales, ¿cómo podremos defendernos del monstruo gubernamental que es Hacienda cuando cometa algún abuso en sus funciones? El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Por ello, repasaremos de manera breve los medios de defensa con los que contamos los contribuyentes a nivel federal.

El recurso administrativo, llamado de revocación aplicable a actos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), es de carácter optativo y mediante él se solicita a la autoridad que emitió el acto lesivo que revise su actuación. Si la autoridad admite su falta, revoca y cancela su propio acto; sin embargo, en la práctica, la mayoría de las veces valida sus resoluciones.

Si el recurso no es suficiente, no nos da la razón, o si el contribuyente decide ahorrarse este paso, el siguiente nivel es el juicio contencioso administrativo (o de nulidad) ante las Salas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). En este litigio, formal e imparcial, el contribuyente demanda a la autoridad con el objetivo de que los magistrados declaren la nulidad lisa y llana de los actos impugnados.

En la cúspide de la defensa jurisdiccional se encuentra el juicio de amparo, el medio de control supremo ante el Poder Judicial de la Federación. Este se enfoca en proteger los derechos humanos y las garantías constitucionales del contribuyente. Se divide en dos vías principales: el amparo directo, que funciona como la última instancia para combatir las sentencias definitivas emitidas por el TFJA, y el amparo indirecto, que procede para defenderse contra la creación de nuevas leyes fiscales inconstitucionales o contra actos de las autoridades que causen un daño de imposible reparación, como un embargo de cuentas bancarias.

Finalmente, en una vía paralela, destaca la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON). A través de su procedimiento de quejas y reclamaciones, ofrece un mecanismo gratuito, ágil y no jurisdiccional para investigar abusos o demoras injustificadas de las autoridades. Aunque sus recomendaciones públicas no obligan legalmente a los entes fiscales como lo haría la sentencia de un juez, poseen un peso institucional y moral altísimo.

Sus alcances, plazos, funcionamiento y finalidad, así como las estrategias a desarrollar, dependen de cada caso, por lo que es aconsejable acudir con un abogado especialista en el tema, sabiendo de primera mano que tu asunto tiene solución.

Comprender los medios de defensa fiscal es esencial, pues representan el escudo frente a los actos de autoridades como el SAT, el IMSS o el Infonavit. Son una estrategia que va desde la revisión interna hasta la máxima protección constitucional. Y para que no haya dudas: las demandas y escritos se presentan, los juicios se promueven, los recursos se interponen, los incidentes se plantean y los agravios se formulan.