INICIO | BITÁCORA LEGAL

La capacitación, la capa del patrón

Por: MDPL. Daniela Barrera Rodríguez
Abogada laboralista
barrerardzdaniela@outlook.com

Share This:

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de las Delegaciones del Trabajo, dentro de su marco de funciones tiene la de instrumentar y supervisar acciones de vigilancia y promoción del cumplimiento de la normatividad laboral, para salvaguardar los derechos de los trabajadores, con la finalidad de mejorar las condiciones en las que desarrollan sus actividades, contribuyendo al incremento de la productividad.

De tal forma que cualquier empresa en funciones, es susceptible de ser visitada por inspectores certificados de la Secretaría del Trabajo, para que exhiba y dé cumplimiento con una serie de requisitos que brinden certeza al buen funcionamiento de las actividades desarrolladas y la observancia de los derechos de los trabajadores.

Aunado a lo anterior y como resultado del desarrollo de las  actividades  cotidianas de un centro de trabajo, es necesario el conocimiento de procesos, documentos y políticas laborales que a corto, mediano y largo plazo ayudarán al patrón a tener un armonioso flujo del día día de sus actividades productivas.

La capacitación según la RAE, es la acción de hacer a alguien apto y habilitarlo para algo. De acuerdo al concepto anterior, podemos entender a la reforma laboral de noviembre 2011 como de los cuerpos reglamentarios publicados en 2014, que el ánimo del legislador, era y se mantiene en salvaguardar capacitados a los trabajadores para las labores que desempeñan y aumentar el nivel de competitividad de las empresas a nivel interno, local y regional; adicionalmente se pretende posicionar a México como potencia laboral en el mundo.

En las empresas familiares en las que el patrón se encontraba renuente a la adopción de nuevas tecnologías, el personal carecía de enseñanza o actualización en cuanto a técnicas que simplificarían el trabajo y que consecuentemente aumentarían la producción y las ganancias. Lo que ocasionó que poco a poco estas empresas, que son sustento de un gran número de familias y que en algunos casos dan tradición a las comunidades, fueran desapareciendo. La capa que el patrón sostenía sobre la comunidad y le era posible soportar, desaparece por su aversión a la educación continua de cada uno de sus trabajadores.

El constituyente se vio motivado por la idea de una inversión en estas valiosas empresas; así como el consejo administrativo de una compañía discute si adquiere o no una maquinaria que agilizará la producción en un 30%, la capacitación de los empleados realizará lo mismo y con mejores resultados que no sólo tendrá un impacto en las finanzas sino también para el ambiente del centro laboral mejorando desde la convivencia, el sentimiento de pertenencia y gratificación a las labores realizadas así como los beneficios fiscales que las inversiones en la propia compañía pueda traer.

La Ley Federal del Trabajo en su texto reformado, específicamente a partir del numeral 153-A consagra la obligación de los patrones de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados para tales fines y cuando la fuente de trabajo esté compuesta por más de 50 trabajadores. Según la Ley Federal del Trabajo, se deberá integrar la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad con el fin de vigilar las acciones que se den en el tema, teniendo representantes tanto del patrón y de los trabajadores.

Para que lo anterior resulte suficientemente fehaciente es necesario aterrizarlo con cifras:

Conclusión

En la actualidad es necesario que dentro del sector empresarial se genere una constante capacitación de la plantilla laboral en los centros de trabajo, para obtener beneficios internos y un aumento de productividad que generará utilidad empresarial y así evitar sanciones administrativas que pudieran tener graves consecuencias.

Bibliografía

Ley Federal del Trabajo

Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones

http://dle.rae.es/?id=7HbGYPr

http://www.gob.mx/stps