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Adopción homoparental. Un derecho que debe ser para tod@s

Por: MDPL. Daniela Barrera Rodríguez
Abogada laboralista
barrerardzdaniela@outlook.com

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El ser humano es una especie que, por instinto, busca la compañía de otros para desarrollarse y crecer en sociedad, por ello la idea de vivir aislados durante nuestra existencia resulta inconcebible para la mayoría.

Si bien es cierto que la procreación es algo natural en todas las especies, el proceso se complica cuando el propio organismo de un integrante de la pareja o de ambos no cumple con sus funciones de manera adecuada, o se trata de individuos pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+ que deciden compartir su vida. Me permito desarrollar, con toda la consideración y el cariño, el segundo escenario, ya que se trata de una unión que cumple con los requisitos fundamentales de amor y respeto hacia el otro, pero no tiene a su favor la anatomía.

La adopción homoparental es aquella que se da cuando una persona o una pareja de integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+ adopta a un niñ@. Este derecho es reconocido y ejercido en 29 países del mundo; por desgracia, existe un alto porcentaje de desaprobación social, lo que se traduce en dificultades para los padres y el menor al momento de su desarrollo, esto va desde los señalamientos por parte de la sociedad y la falta de oportunidades en las instituciones educativas hasta las trabas dentro del sistema de seguridad social.

En la mayoría de las ocasiones, cuando estas parejas buscan compartir su amor y vida con un tercero es porque tienen estabilidad física, emocional y económica, y su único propósito es criar a este ser humano mejor que cualquiera. Estamos frente a un tema que, lamentablemente, hoy en día se topa con muchos prejuicios y barreras burocráticas en el camino al éxito.

Al considerar que era inconcebible que se les excluyera de estos derechos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación legalizó el matrimonio igualitario, así como la adopción homoparental en México a partir de enero del año 2017, al emitir la tesis jurisprudencial 08/2017 “Derecho la vida familiar de la personas del mismo sexo”, la cual avalaba, en todo el territorio nacional, no sólo el derecho de las parejas de la comunidad LGBTTTIQ+ a casarse, sino a procrear, adoptar y criar niños y niñas. Tristemente, y a pesar de tener una orden clara por parte de la autoridad federal, son pocos los estados de la República Mexicana que reconocen tanto el matrimonio igualitario como la adopción homoparental. Las entidades federativas que permiten el ejercicio de estos derechos son: Ciudad de México (2010), Coahuila (2014), Campeche (2016), Colima (2016), Michoacán (2016), Morelos (2016), Veracruz (2016), Baja California (2017), Chihuahua (2017), Querétaro (2017), Puebla (2018), Chiapas (2018), Nayarit (2019), Aguascalientes (2019), Hidalgo (2019) y San Luis Potosí (2019).

Sin embargo, existen estados y municipios en los que, por no realizar las reformas correspondientes a las leyes sustantivas, aún es imposible la adopción; sin mencionar que la lista de requisitos para todo tipo de parejas resulta imposible de cumplir y, en ocasiones, es obsoleta.

Dejando de lado la orientación sexual de los solicitantes de la adopción es importante no perder de vista su objetivo principal: darle una vida digna, plena y maravillosa a un ser que llegó a este mundo de forma inadecuada. Debemos evitar los prejuicios y los malos tratos hacia la gente que tiene ideas y estilos de vida diversos al nuestro, lo primordial es desarrollarnos en armonía y sin limitaciones. El amor es universal.