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La unidad de inteligencia financiera y el sector empresarial

Por: LD. Alhelí Jaelyne Vaca Bautista
Abogada corporativa enfocada en propiedad intelectual y protección a los derechos de autor
jaelyne.vaca@strategamagazine.com

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Cuando acudimos a alguna de las oficinas del Servicio de Administración Tributaria es común visualizar anuncios y trípticos informativos que invitan a revisar nuestra situación fiscal, entre las preguntas más comunes encontramos: ¿cumples con tus obligaciones?; ¿estás inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con las obligaciones correctas?; ¿utilizas comprobantes fiscales digitales por Internet de manera adecuada?, entre otras.

Sin embargo, persiste una brecha significativa en la cultura tributaria, pues son pocos los contribuyentes que se detienen a revisar a fondo sus obligaciones o que buscan acompañamiento especializado para asegurarse de cumplirlas correctamente, en contraste, la autoridad fiscal ha avanzado en mecanismos de control y supervisión, que verifican el actuar del contribuyente.

En este contexto de vigilancia fiscal, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) cobra un papel importante, pues esta instancia es la responsable de prevenir, detectar y combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo en México, mediante la supervisión de actividades que puedan inducir a estas figuras.

Su labor principal consiste en analizar operaciones inusuales o sospechosas, así como actividades catalogadas como vulnerables, con el fin de identificar patrones que puedan estar relacionados con delitos financieros, reforzando su transparencia y solidez frente a riesgos que, en muchas ocasiones, pasan desapercibidos para el contribuyente común.

Una vez conocida su finalidad, podemos cuestionar: ¿qué tanto se ha involucrado el sector empresarial en el cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)? Antes de revisar las obligaciones que una empresa puede tener en materia de prevención de lavado de dinero, es fundamental identificar si la actividad que realiza se encuentra dentro del catálogo de actividades vulnerables previsto en el artículo 17 de la LFPIORPI, entre las cuales podemos encontrar juegos con apuestas; servicios de construcción; comercialización de piedras preciosas, joyas y relojes; comercialización de vehículos; servicios profesionales a nombre de un cliente, entre otras.

Es importante saber que estas actividades han sido clasificadas así por su naturaleza y por el nivel de riesgo que representan en cuanto a posibles operaciones relacionadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, es por esto que el primer paso para cualquier contribuyente, empresa o profesional es determinar si su giro económico podría estar sujeto a esta legislación y, con base en ello, cumplir con las obligaciones correspondientes.

Una vez que sabemos que nos encontramos bajo este sistema regulatorio, es importante conocer nuestras obligaciones para evitar penalizaciones, el contribuyente deberá inscribir en el padrón de actividades vulnerables ante la UIF cuando dicha actividad se realice de manera habitual o supere los umbrales; conocer los umbrales de identificación y de presentación de avisos relacionados con la actividad vulnerable que se realiza; brindar manuales de cumplimiento y programas de capacitación anuales a su personal en materia de prevención de lavado de dinero evitaría multas económicas que pueden oscilar entre miles y millones de pesos, dependiendo del incumplimiento detectado.

Por esto es importante hacer las siguientes preguntas: ¿mi empresa realiza actividades vulnerables?, ¿debo registrarme ante la UIF como sujeto obligado?, ¿estoy capacitando a mi equipo en prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita?, ¿cuento con manual de cumplimiento y políticas internas de prevención?, ¿tengo el apoyo de un especialista que me asesore sobre mis obligaciones ante la UIF?

Cumplir con las obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo no es opcional, pero sí es una oportunidad para mostrar compromiso con la legalidad, la transparencia y la ética empresarial, regularizarse no sólo evita sanciones, sino que fortalece la reputación de la compañía ante clientes e inversionistas.