

Según datos del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), entre 2008 y 2015, la deuda municipal creció a una tasa media anual del 10.5%, mientras que la deuda pública estatal aumentó un 264% entre 2005 y 2015, lo que representó un incremento superior al de la economía y al de la recaudación propia de los estados.
Esta situación generó preocupación por la sostenibilidad de las finanzas públicas subnacionales. Tal como se vio reflejado al cierre de 2012 en Acapulco, que reportó pasivos bancarios por $1,561.8 millones de pesos (mdp), además de adeudos con proveedores y prestadores de servicios. La administración entrante en 2012 reportó un déficit total de $2,142.8 mdp, monto que superaba su presupuesto anual de egresos.
La carga financiera era tan alta que el municipio no tenía dinero para pagar las cuotas al ISSSTE ni las facturas de la CFE. Esto no fue un hecho aislado: Monterrey, al finalizar la administración en 2015, se posicionó como el municipio más endeudado del país, con obligaciones bancarias por $2,109 mdp. No obstante, el problema crítico fue el adeudo con proveedores de corto plazo por otros $1,600 mdp, lo que elevó la carga total a más de $3,700 mdp. La administración saliente incumplió la regla de liquidar pasivos circulantes y dejó las cuentas en cero para la siguiente gestión.
Ante ese escenario, el 27 de abril de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM) con el objetivo de establecer criterios de responsabilidad hacendaria y financiera para estados y municipios y fijar límites a la autonomía de estas entidades.
Esta ley no es sólo un conjunto de prohibiciones, sino un marco de gestión de riesgos que descansa sobre cuatro ejes analíticos fundamentales:
A diez años de su implementación, la Ley ha generado una paradoja: por un lado, ha funcionado como un mecanismo de contención de daños y ha evitado la quiebra de estados; pero, por otro lado, no es una ley pensada para incentivar el desarrollo y el crecimiento local, sino para administrar la escasez y el control frente a la percepción de corrupción y los desfalcos que persisten en las noticias diarias.
Esto se debe a que la ley es, ante todo, un instrumento de disciplina financiera y, aun con estos controles se ha enfocado más en evaluar el endeudamiento con instituciones bancarias que en fortalecer métricas de contratación de proveedores. Ahí persisten grandes lagunas: muchos gobiernos han recurrido a no pagar estas obligaciones –difíciles de rastrear por la SHCP–; o han aprovechado estos vacíos para desviar recursos con mecanismos de desfalco que han mutado con el tiempo.









