“Los límites de mi lenguaje significan los límites de mi mundo”.
Ludwig Wittgenstein
La ciencia del Derecho está en constante evolución, puesto que la misma sociedad se encuentra en continuo cambio. Se puede ilustrar con la pandemia en 2020 y los retos que conllevó en su momento. Como en casi la totalidad de rubros, los tribunales y juzgados se vieron en la necesidad de implementar mecanismos para garantizar la justicia a todo aquel que la solicitara, sin perjuicio de las medidas sanitarias tanto para juzgadores como litigantes.
La Constitución federal engloba diversos medios para facilitar el acceso a la justicia, tales como la oralidad, los medios alternos de solución de conflictos y la supremacía del fondo de un asunto sobre la forma; empero, los legisladores buscan reformar los artículos 17 y 21 de la Carta Magna y establecer, de una vez por todas, la tecnología en los procesos jurisdiccionales. Pero ¿cómo se hará esto? ¿Qué principios y normas técnicas guiarán a la justicia en línea?
Como indica la doctora Christian Hiliana Cisneros Güereca, México tiene antecedentes de este tipo desde 2011, implementados en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el cual se caracteriza por la seguridad en sus actuaciones, la celeridad en las notificaciones vía correo electrónico y la expedición de un acuse de recibo electrónico con fecha y hora del acto, teniendo por consecuencia el acceso a la justicia prácticamente en tiempo real.
En el mismo tenor, desde 2013 se pueden promover vía Internet juicios de amparo, figura legal mexicana por excelencia contra actos de autoridad. Todo esto involucra tanto capacitación del personal encargado de resolver los asuntos que se substanciarán a su cargo como la inversión en software y hardware adecuados para oficinas públicas, despachos de abogados y escuelas y facultades de Derecho.
A pesar de los beneficios que encierra la justicia en línea, los mayores retos se enfrascan en temas personales y obedecen a circunstancias socioeconómicas y políticas; es decir, la renuencia de los operadores jurídicos en adaptarse, así como los hechos de fuerza mayor. Por poner un ejemplo, el año pasado, el Juzgado Décimo de Distrito de Chihuahua emitió una sentencia que resolvía el dilema sobre qué derecho humano debe prevalecer durante la pandemia, si el acceso a la justica o a la salud, derivado de la suspensión de actividades. Esto fue lo que sentenció:
“El derecho del quejoso de acceso a la impartición de justicia no se encuentra suspendido ni restringido totalmente, sino que únicamente se encuentra minimizado, en virtud de la situación actual que se vive en el Estado de Chihuahua y en el país, dada la declaratoria de emergencia sanitaria, con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV-2”.
Como lo ha aludido la Barra Mexicana de Abogados, es necesario un gran esfuerzo contra el rezago en la impartición de justicia, lo que implicaría que los servidores públicos relacionados con las actividades de contenido eminentemente jurídico, en todas las especialidades y niveles de gobierno, emularan los actos que han demostrado sus homólogos en el área de la sanidad.
Hay casos excepcionales, puesto que diversos Poderes Judiciales Estatales han implementado plataformas digitales para evitar el rezago judicial durante la cuarentena, tales como el Estado de México y Nuevo León. Desafortunadamente, la demora en emisión de resoluciones y sentencias se reflejará durante 2021.
La visión tradicionalista del Derecho hacia la práctica jurisdiccional se está acabando poco a poco, por lo que abogados, juzgadores y ciudadanos en busca de justicia deben estar capacitados y adaptados ante la nueva realidad de los juicios en línea.