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Consecuencias legales de una “simple pelea”

Por: MDPL. Daniela Barrera Rodríguez
Abogada laboralista
barrerardzdaniela@outlook.com

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En la actualidad, no importa en qué latitud te encuentres, la necesidad de interactuar con otra persona en tu vida cotidiana podría catalogarse como una tarea imposible de evitar; Jean-Jacques Rousseau, en su afamada obra El contrato social o Los principios del derecho político, posicionó al individuo liberal en el centro y eligió desarrollar una institución que regulara la convivencia y mantuviera esa libertad individual.

Al intervenir el componente emocional individual, motivado por la cegadora necesidad de llegar a esa meta de vida, se generan coaliciones que no siempre tienen desenlaces gratos. Las emociones se adquieren al convivir en sociedad, son reacciones subjetivas o estados afectivos que producen consecuencias o respuestas no conscientes para la persona. Las respuestas pueden darse a nivel cognitivo (generando una toma de decisión con base en la situación afrontada), fisiológico (cambios que se perciben en nuestro cuerpo), y a nivel subjetivo (la reacción dependerá de la madurez y vivencias del individuo). Este último nivel es el que generalmente ocasiona elegir entre luchar, huir o paralizarse.

Sin embargo, cuando la situación comienza a salirse de control, propinando agresiones tanto físicas como verbales o a la propiedad de ambos; la naturaleza de las consecuencias puede escalar hasta desencadenar un proceso penal.

Según el Código Penal Federal una lesión se define como las

He aquí algunos tipos penales que, de acuerdo a dicho código, se podrían configurar dentro de una “simple pelea”:

  • Cuando el lesionado maneja la agresión como ejercicio indebido de un derecho por parte del agresor; un ejemplo es adueñarse de lugares de estacionamiento en la calle y que un enfrentamiento resulte en una pelea, se puede imponer al responsable hasta un año de prisión o 90 días de multa.
  • Las lesiones menores son aquellas que no ponen en peligro la vida y sanan en menos de quince días, merecerán una pena de hasta 8 meses de prisión y/o 50 días de multa. Si tardaren en sanar más de 15 días la pena es de hasta 2 años y 270 días de multa. El delito se persigue por denuncia de la parte ofendida, salvo algunas excepciones de ley; si esta

 infiere en el funcionamiento perpetuo de la vista, disminuye la capacidad del oído, de alguna extremidad u otro órgano, el uso de la palabra o facultades mentales, se imponen hasta ocho años de prisión y multa de $500.00 (ya no se alcanza libertad bajo caución); pero si ya pone en peligro la vida, sin resultar la muerte, se impone una pena de hasta 6 años, sin perjuicio de las sanciones que pudiera acumular por la consecuencia final de la lesión.

  • Si la lesión tiene consecuencias mortales, de acuerdo con la legislación en comento, y se tratase como homicidio simple, se impondrán hasta 24 años de prisión.
  • Al intervenir los factores de premeditación, alevosía, ventaja o a traición, al momento de lesionar al contrario y causarle la muerte, se le impondrá una pena de hasta 60 años.
  • Si durante un enfrentamiento se lanzan amenazas, ello puede ser merecedor de hasta un año de prisión o 360 días de multa.

Por todo lo anterior, es necesario que ante cualquier situación que pudiera desencadenar el instinto de lucha, lo piense dos veces, considere las consecuencias para usted y los suyos, pues al vivir en sociedad nos debemos respeto y tolerancia.

Evitar este tipo de redacción: Una lesión la define el… porque es mejor utilizar lenguaje claro y voz activa. Si la definición es textual, va entre comillas.