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Inversiones extranjeras, ¿qué conlleva su aceptación?

Por: LD. Alhelí Jaelyne Vaca Bautista
Abogada corporativa enfocada en propiedad intelectual y protección a los derechos de autor
jaelyne.vaca@strategamagazine.com

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“Cuando el tiempo es malo es cuando los verdaderos emprendedores surgen”, Robert Kiyosaki, fundador de Cashflow Technologies y coautor de Padre rico, padre pobre, un libro recomendado para futuros inversionistas o para aquellos que buscar ampliar sus horizontes empresariales.

Sin duda alguna, las inversiones son una excelente forma de dar crecimiento al patrimonio, existen infinidad de artículos sobre inversión, formas de hacerlo e, incluso, consejos para identificación y evasión de riesgos, sin embargo, a la vuelta del espectro poco se habla sobre las empresas que aceptan inversionistas.

Existen diversas compañías que aportan nuevas oportunidades en el mercado, aunque no siempre tienen las herramientas para financiar sus proyectos, es por eso que muchas sociedades abren sus puertas a nuevos socios que crean y sean afines a sus visiones.

En México, las empresas pueden aceptar inversionistas internacionales, siempre y cuando se inscriban en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE); este trámite es gratuito y requiere diversa información como: acta constitutiva, comprobación del ingreso de la inversión extranjera, autorización de trámites ante el RNIE, fuente del ingreso, situación financiera, teniendo un plazo de respuesta de 10 días hábiles.

Una vez que la sociedad se encuentra inscrita, deberá cumplir con presentar el informe económico anual y los informes trimestrales, siempre y cuando sea sujeto de presentación y en el momento procesal oportuno que le sea aplicable, es decir, que cumpla con los siguientes requisitos:

Informe Económico Anual:

  1. Tengan movimientos mayores a 110 millones de pesos, en las cuentas de activo total inicial, activo total final, pasivo total inicial, pasivo total final, ingresos en el país y en el exterior, o costos y gastos en el país y en el exterior.
  2. Todo aquel que presente el informe deberá acompañarlo con los documentos que acrediten el movimiento.

El Informe Económico Anual se presentará conforme a la primera letra del nombre de la denominación social de la siguiente forma: De la “A” a la “J” durante el mes de abril; y de la “K” a la “Z” en el mes de mayo.

Aviso trimestral:

  1. Tengan modificación en la denominación o razón social, domicilio o actividad económica.
  2. Tengan variación mayor de 20 millones de pesos en las cuentas de capital social, estructura accionaria, activos, pasivos o capital contable.

Los avisos trimestrales deberán presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre trimestral del ejercicio.

Cuando una empresa acepta la inversión de una persona física o moral de diversa nacionalidad debe asegurarse de cumplir con las normas aplicables a su operación, con el fin de evitar posibles sanciones o multas, pues conforme a lo establecido en la Ley de Inversión Extranjera, en caso de omisión, cumplimiento extemporáneo, información incompleta o incorrecta, respecto a las obligaciones ante el Registro, se impondrá una multa de hasta 10,857 pesos.

Ciertamente, deben existir sociedades que acepten inversiones extranjeras sin realizar un análisis previo de las obligaciones que estos actos conlleven, es por eso que es recomendable acudir con un experto en el tema, que pueda acompañarte durante el proceso y te brinde asesoría continua para evadir posibles riesgos corporativos.

La inversión es un tema ciertamente evadido por muchos, el riesgo que conlleva es inevitable, pero si sabes cómo realizarlo, los beneficios y las oportunidades que se generen pueden ser imparables; citando un poco el libro recomendado: “los perdedores evitan el fracaso, y el fracaso convierte a los perdedores en ganadores”.