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Maternidad subrogada en México: ¿dilema ético o una posibilidad más?

Por: MA. Clara Franco Yáñez
Master en Asuntos Internacionales, por el Instituto de Posgrados en Estudios Internacionales y del Desarrollo en Ginebra, Suiza
clara.franco@graduateinstitute.ch

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La gestación subrogada, conocida como “vientres de alquiler”, genera un debate por sus implicaciones éticas, sociales y legales. Se trata de un acuerdo en el que una mujer, la madre subrogada, lleva un embarazo en nombre de otra persona o pareja, con la intención de entregar al bebé al final del proceso. Ya sea con óvulos donados (con lo cual no es el hijo genético de quien gesta, sino de una donante, que puede ser o no la misma persona que adoptará al niño), o con los suyos propios, pero con el objetivo de entregar un niño gestado en el vientre de alguien más.

El estatus legal de esta práctica varía en función del país y de las regulaciones de cada jurisdicción. En México, la gestación subrogada ha sido un tema controvertido durante años. Para efectos de muchas prácticas médicas modernas, nuestro país es “salvajemente neoliberal”, para bien y para mal… Una tierra en donde “si puedes pagarlo, puedes tenerlo”; no necesariamente porque así lo permitan las leyes, sino por impunidad, por vaguedad en las interpretaciones de una cierta ley o porque surge un discreto mercado privatizado, ajeno a lo que las leyes declaren.

Hay legislación que la permite en un par de estados, pero la falta de uniformidad brinda un panorama confuso, que plantea cuestiones tanto para quienes buscan recurrir a ella como para las autoridades. Lo cierto es que no es una práctica nueva, pero su tratamiento legal ha sido complejo, en gran parte debido a la diversidad de leyes en los estados y a la falta de una legislación federal que regule de manera clara la práctica. Desde los 90, se dieron los primeros pasos hacia el reconocimiento de la gestación subrogada en el país, pero fue en años recientes que se volvió más visible por la proliferación de agencias encargadas de facilitar estos acuerdos.

México se convirtió en destino atractivo para la gestación subrogada, especialmente para extranjeros, debido a la legalidad de la práctica en ciertos estados y su costo más bajo que en otros países. Aspectos legales y éticos son objeto de debate en varios sectores, incluyendo la ética médica, política y de derecho. En la mayoría de países de la Unión Europea la práctica es ilegal, o al menos el llevarla a cabo con remuneración monetaria. En Portugal, por ejemplo, sólo está permitida la gestación subrogada altruista, es decir, la gestante no puede recibir un pago, aunque los gastos médicos deben ser cubiertos por los padres adoptivos. En ese contexto, Portugal sólo registró en los últimos años un par de casos. Para muchos, esto demuestra que la maternidad subrogada es una explotación reproductiva, que se aprovecha de la precariedad económica de mujeres en países con altos índices de pobreza, pues el caso portugués muestra que las mujeres que “alquilan su vientre” lo hacen por necesidad económica y sólo una entre millones lo haría sin recibir dinero a cambio. ¿Debe algo ser legal sólo porque la gente tenga un intenso deseo de hijos biológicos y pueda pagarlo? En un contexto donde se conjugan el fuerte deseo capaz de empujar incluso hacia el mercado negro, el incentivo económico sustancial y la cultura de impunidad de nuestro país se teme que se vuelva una nueva modalidad de la trata de personas. Y, desde luego, otro lado del debate son los derechos del niño así gestado y el interés primordial en su bienestar.

A nivel federal, la Ley General de Salud establece lineamientos sobre la maternidad y la reproducción asistida, aunque no menciona la gestación subrogada. Esto deja puertas abiertas para que cada estado decida sobre el tema. Sólo dos tienen leyes que la permiten y la regulan, mientras que otros no tienen una legislación clara, lo que deja a las parejas y a las mujeres en situaciones de incertidumbre.

Tabasco es el estado que más visibilidad ha ganado en cuanto al tema. En 1997 aprobó una ley que permite la gestación subrogada de manera legal y regulada, lo que lo ha convertido en un destino popular para quienes buscan esta práctica. Los acuerdos deben ser aprobados por un juez y se exige que el procedimiento se realice bajo estrictos lineamientos médicos. Los requisitos incluyen que la gestante sea mayor de edad, que haya tenido al menos un hijo y no tenga antecedentes de enfermedades mentales o físicas que puedan poner en riesgo el embarazo. Sinaloa también permite la práctica bajo ciertas condiciones. La ley establece que los contratos sean aprobados por un juez y criterios estrictos de salud. Sin embargo, su ley es más reciente que la de Tabasco, lo que ha generado dudas y debates sobre la viabilidad y la equidad de la legislación en este estado.

En el resto del país, la situación es menos clara, lo que puede generar dudas en cuanto a los derechos de las partes involucradas, las condiciones de los contratos y las implicaciones legales del proceso. Las propias controversias éticas y sociales siguen siendo barreras significativas.