
Es muy común escuchar decir “recibí una herencia”, pero sabes exactamente ¿qué es una herencia? ¿Se deben pagar impuestos por recibirla?, hay muchos mitos sobre lo que pasa si heredas algún bien, pero pocos se acercan a la realidad de los aspectos fiscales que se detonan cuando alguien es beneficiario.
En primer lugar, según los artículos 1281 y 1282 del Código Civil Federal, la “herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte, existen dos tipos de herencias la que se defiere por la voluntad del testador –mediante el testamento– o por disposición de la ley –mediante una sucesión intestametaria–”.
Una vez que se ha recibido una herencia, desde el punto de vista contable, se tiene un aumento dentro del patrimonio, puesto que sea cual sea el bien heredado podrá ser explotado por el receptor y es ahí donde llegamos a la parte fiscal.
Entonces, ¿los beneficiarios de la “masa hereditaria” tienen la obligación de cumplir con el pago de impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto sobre adquisición de inmuebles?
Comencemos a aclarar estas dudas, el artículo 93 de la Ley del ISR, fracción XXII, señala que los ingresos que se reciban por herencia o legados son ingresos por los que no se pagará el impuesto sobre la renta. Sin embargo, para estar exento del pago, si el monto es superior a 500,000 pesos, los herederos tendrán que informar al Servicio de Administración Tributaria el incremento de su patrimonio, el cual debe acreditarse mediante documento legal.
Es importante señalar que cualquier persona tiene la posibilidad de aprovechar este beneficio de exención de impuestos que la LISR da a las herencias o legados.
Ahora bien, una persona podría tener un serio problema si no demuestra que el incremento en su patrimonio proviene de esa herencia y dado que a la autoridad fiscalizadora el Código Fiscal de la Federación le otorga la potestad de efectuar una determinación presuntiva de ingresos, y esta puede apoyándose en los convenios de colaboración que tiene celebrados con las diferentes instituciones gubernamentales, podría obtener información de muchas fuentes y así fundamentar sus observaciones.
Si se hereda un bien inmueble como puede ser una casa, un terreno o un edificio, deberá pagarse el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles –ISABI–, se trata de un impuesto estatal y debe cubrirse cuando el nuevo propietario se adjudique el bien.
El cálculo del ISABI puede variar, según el valor y la ubicación del inmueble. En la mayoría del país, la tasa estándar es del 2% sobre el valor de avalúo, catastral o comercial, el que resulte mayor de la propiedad.
Si te encuentras por recibir una herencia, es crucial asesorarte con un profesional que te auxilie a entender tus obligaciones fiscales y actuar en consecuencia, esto te ayudará a evitar complicaciones con la autoridad fiscalizadora en el futuro.