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Paquete económico y reformas fiscales 2022

Por: LD. Ana Lucía Urbina González
Compliance Officer por la World Compliance Association (WCA)
ana.urbina@strategamagazine.com

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Inicia un nuevo año que detona diversos cambios en el entorno de nuestro país y los contextos económico y fiscal no son la excepción. Como ya es conocido por todos, a partir del 1º de enero del 2022 entró en vigor el paquete económico y las reformas fiscales propuestos por el Ejecutivo, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y aprobados por el Congreso de la Unión, el pasado 26 de octubre del año anterior.

Es importante mencionar que todo paquete económico se estructura a partir de cuatro ejes fundamentales:

  1. Criterios Generales de Política Económica: aquella información en materia económica que mide la expectativa de crecimiento en este ámbito, así como el comportamiento de tasas de interés, inflación, tipo de cambio; tomando en consideración el escenario internacional. Atendiendo el primer eje en comento, se establece el siguiente escenario económico para 2022:

Crecimiento PIB 4.1%
Inflación 3.4%
Tasa de interés promedio 5%
Tipo de cambio 20.3 pesos por dólar
Aumento en los ingresos, respecto 2021 8.9%
Precio promedio por barril de petróleo 55.1 dólares

  1. Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF): es el elemento que contiene la proyección de los ingresos estimados que podrían generarse en el año, tomando en consideración la recaudación fiscal, financiamiento, etcétera. Respecto al segundo eje integrante del paquete económico, la LIF para 2022 contempla ingresos hasta por la cantidad de 7.1 billones, que representa un aumento del 8.9% en comparación con la LIF del año pasado. La Federación apuesta por los ingresos tributarios, petroleros, los provenientes de empresas productivas y aquellos catalogados como no tributarios, entre los que encontramos al financiamiento o deuda pública.

  1. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF): es el documento que define y establece el gasto público que será ejercido en el año; atendiendo programas de política pública, social y proyectos de inversión. El PEF 2022 plantea un gasto equivalente a 7.1 billones, apostando a los rubros de salud, pensiones, programas sociales, turismo y bienestar.

  1. Miscelánea Fiscal: contiene los fundamentos legales que regirán la política tributaria en virtud del escenario económico proyectado para el país. Por ello, tanto el Ejecutivo como el Congreso de la Unión propusieron y reformaron para 2022 diversos ordenamientos legales en materia fiscal, que contienen nuevos conceptos y figuras que, a su criterio, serán fundamentales para lograr los objetivos planteados en la LIF, así como en el PEF:

  • Razón de negocios. Esta nueva figura será un aspecto fundamental que la autoridad fiscal estará evaluando, con la finalidad de que se acrediten de manera efectiva las operaciones que generan un beneficio directo al contribuyente. Lo anterior se prevé toda vez que la Administración federal ha dejado claro que busca combatir la evasión y elusión fiscal.

  • Régimen simplificado de confianza. Se deroga la figura conocida como Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para dar paso al nuevo Régimen de Confianza, cuya finalidad es la formalización de los negocios, a través de una forma más sencilla para el pago de Impuesto Sobre la Renta para pequeñas empresas. Dando la opción, además, de que las empresas que superen ingresos por 35 millones de pesos puedan pagar sus impuestos con base en el flujo de efectivo y amortizar las inversiones con rapidez, con la finalidad de que exista liquidez real y esperando una recuperación en la economía, después del año de pandemia.

  • Deducción de cuentas incobrables. Se fija que toda cuenta incobrable, cuya suerte principal sea mayor a 30,000 UDIS, será deducible; una vez que se hayan agotado las gestiones de cobro o que previa sentencia judicial sea imposible su ejecución.

  • Deducciones personales. No podrán exceder de la cantidad que resulte menor entre 5 UMAS o el 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquellos que no sean susceptibles del pago de contribuciones.

  • Compensación de saldos a favor. Se establece la opción para los contribuyentes sujetos a una revisión fiscal, de autocorregirse mediante la compensación de saldos a favor, aún cuando se trate de distintas contribuciones que tengan derecho a recibir por parte de las autoridades fiscales; previa solicitud y procedimiento establecido en el Código Fiscal.

  • Inscripción al RFC. Todas las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción ante el RFC, aún y cuando no tengan actividades económicas.

  • Defraudación fiscal. Se determina que la deducción, acreditamiento o aplicación de cualquier estímulo fiscal será considerado acto de corrupción y de defraudación fiscal.

  • Servicios digitales. Se vuelve mensual la obligación de residentes en el extranjero sin EP en México, que proporcionan servicios digitales a residentes en el país, respecto a la presentación de información correspondiente.

  • Actividades no objeto de la Ley de IVA. Los contribuyentes que realicen actividades no objeto de la Ley de IVA, no podrán acreditar el impuesto pagado a los proveedores o en la importación de bienes, cuando estén efectivamente vinculados a dichas actividades.

  • Enajenaciones Tasa 0% IVA. Se determina la tasa 0% para efectos de IVA, respecto productos de higiene menstrual; y se reduce la tasa del 16% a 0% respecto la enajenación de alimentos para animales.

  • Dictamen. Se retoma la figura de dictamen que había quedado derogada con la Reforma Fiscal de 2014. A partir de 2022, los contribuyentes que acumulen ingresos superiores a $1,650,490,600 estarán obligados a dictaminar sus estados financieros, por contador público registrado ante el Servicio de Administración Tributaria; y si tuvieran partes relacionadas residentes en México que no excedieran el monto señalado, deberán presentar la declaración con debido informe de situación fiscal.

  • Hidrocarburos. A partir de 2022, y siguiendo con la línea de combate a la delincuencia, las actividades relacionadas con hidrocarburos tendrán nuevas obligaciones fiscales y sanciones considerables, en caso de incumplimiento.

  • Pago por Derechos. Se incorporan nuevas herramientas tecnológicas, a fin de que el Estado pueda brindar mejores servicios y se agilice el cobro respectivo.

Conclusión: El Ejecutivo Federal ha cumplido su promesa, al no incrementar las tasas de impuestos ni crear nuevas contribuciones; sin embargo, no se vislumbra un crecimiento económico real, tomando en consideración resultados de años anteriores. Nuevamente se advierte la prioridad de atender y ejercer el gasto público en las pensiones y los programas sociales creados por el Presidente de la República, así como en los proyectos de hidrocarburos –refinerías– e infraestructura –tren maya–. No obstante, se plantea un incremento de presupuesto en programas de salud, ya que la pandemia por COVID-19 ha obligado a atender dicho rubro. Los principales perjudicados por la falta de presupuesto serán, entre otros, ciencia, tecnología e innovación. Asimismo, se replica, como en años pasados, la intención de que los ingresos provengan principalmente de la recaudación; se hace tal afirmación, ya que la Miscelánea Fiscal se caracteriza por la implementación de nuevos mecanismos de fiscalización y sanciones por incumplimiento. El paquete económico para 2022 resulta ser muy ambicioso en sus objetivos, tomando en cuenta la realidad fiscal, social y financiera de nuestro país.