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El renacimiento del impuesto a las herencias, en México

Por: LD. Ana Lucía Urbina González
Compliance Officer por la World Compliance Association (WCA)
ana.urbina@strategamagazine.com

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En nuestro país, las herencias, legados y donaciones, de acuerdo con el artículo 93, fracciones XXII y XXIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, son figuras exentas para efectos de dicho gravamen. Ello significa que los bienes transmitidos a cualquier individuo mediante alguna de las citadas figuras no serán considerados como incremento patrimonial por lo que se deba pagar el impuesto correspondiente.

Sin embargo, históricamente el impuesto a las herencias en México existió. Fue creado en el año de 1925, durante la administración del presidente Plutarco Elías Calles, y gravaba la transmisión de propiedad respecto diversos bienes de una generación familiar a otra, con una tasa máxima del 40% para efectos del Impuesto Sobre la Renta. Dicha contribución tuvo una vigencia fugaz, fue derogada a los pocos años de su entrada en vigor. Años después, precisamente en 2018, durante la LXIII legislatura, tuvo lugar la iniciativa de gravar nuevamente las herencias, legados y donaciones en México, con la finalidad de que las transmisiones de bienes que superaran los diez millones de pesos se acumularan a los ingresos percibidos por el contribuyente durante el ejercicio fiscal aplicable. Las tasas propuestas iban del 10 hasta el 30%. Tal iniciativa planteada por Movimiento Ciudadano no fue aprobada y quedó en el tintero.

No obstante, la nueva administración Morenista integró su agenda legislativa retomando la iniciativa de promulgar un impuesto a las herencias, legados y donaciones en nuestro país. Aún no se ha formalizado la presentación ante el Congreso, sin embargo, es posible que se actualice en el corto plazo.

El fin extrafiscal es cuidar la desigualdad de riqueza en los países, promoviendo un sistema tributario más justo y equitativo, aunado al interés en el incremento recaudatorio que representa imponer un nuevo impuesto, ya que conlleva a que el Estado tenga mayor capacidad económica para cumplir sus objetivos.

Por su parte, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), en los últimos años, ha puesto especial esfuerzo en promover innovación económica y fiscal, así como igualdad tributaria en los países que forman parte de ella; defendiendo, entre otros temas, la creación del impuesto a las herencias, legados y donaciones bajo la premisa de que fortalece los sistemas tributarios, al lograr una mayor recaudación de forma equilibrada, ya que controla la distribución de la riqueza desproporcional. De acuerdo con la OCDE, al no existir impuestos a la riqueza que controlen realmente su acumulación de manera inequitativa, es que en el mundo ha aumentado de manera considerable la desigualdad y posicionamiento de diversos monopolios familiares; pues los individuos con mayores ganancias tienen acceso a mayores oportunidades de inversión y crecimiento financiero que los posicionan con una ventaja desmedida.

En ese sentido, la OCDE pugna por los impuestos a las herencias como medida de control dentro de un país, combatiendo la desigualdad, que no puede ser atacada únicamente con los impuestos tradicionales. Diecinueve países han tomado en consideración estas recomendaciones, creando un gravamen a las herencias. Entre ellos se encuentra Japón, con la tasa más alta del 55%; sin embargo, en promedio oscila en el 15%.

Si bien dicho gravamen resulta un medio de control de la riqueza de un país, así como un aliado en su sistema tributario, de ser promulgado en México deberá guardar los principios constitucionales, además de contar con una estructura razonable y proporcional.