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Negligencia médica

Por: LD. Hugo Enrique Mendoza Carbajal
Abogado fiscalista STRATEGA Consultores
hugo.mendoza@strategamagazine.com

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El sistema de salud en México está conformado por diversas instituciones, tanto públicas como privadas, las cuales buscan garantizar el acceso a la salud y servicios de calidad para todos los mexicanos. Dentro de las entidades públicas resaltan el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Secretaría de Salud (SS); por el lado del sector privado, está integrado por empresas y prestadores de servicios que laboran en farmacias, consultorios, clínicas y hospitales.

La Ley General de Salud establece que la atención médica debe ser proporcionada de una manera profesional y éticamente responsable; sin embargo, en nuestro país, han acontecido diversos sucesos en los cuales se ve involucrado personal médico que no atendió correctamente o a tiempo a pacientes, o que realizó operaciones con impericia o imprudencia, dando como resultado afectaciones irreversibles a la salud de las personas, o incluso la muerte.

El caso más reciente ocurrió en Oaxaca en noviembre pasado, en donde un menor falleció tras una intervención quirúrgica de un brazo, presumiblemente por una reacción alérgica a la anestesia suministrada. El traumatólogo responsable fue acusado del delito de homicidio con agravante médico. José Narro Robles, titular de la SS, manifestó al respecto que no se puede juzgar toda situación que no es exitosa como un acto de negligencia, y que estos casos no son tan frecuentes.

Empero, de acuerdo al último estudio sobre estadísticas de negligencia médica en  Lex & Co. (2017), se formularon 14,480 solicitudes de atención ante diversas instituciones afines a temas de malos diagnósticos y tratamientos clínicos, la relación entre médico y paciente, tratamientos quirúrgicos, y deficiencias administrativas. La institución que presentó un mayor número de quejas y demandas fue el IMSS con más del 65% de las querellas, seguido del ISSSTE con el 25%.

Negligencia se define como descuido, desgana o falta de atención en el cumplimento de las obligaciones o en el ejercicio de los derechos; en el plano médico, es una modalidad de culpa que guarda sintonía con una práctica médica deficiente, con descuido y desatención.

Incurre en negligencia el prestador de servicios de salud, cuando al brindar sus servicios incide en descuido de precauciones y atenciones calificadas como necesarias en la actividad profesional médica, o sea que se puede configurar un defecto de la realización del acto o bien una omisión. Se habla de negligencia cuando a pesar del conocimiento de lo que se debe hacer, no se aplica y se provoca un daño, por lo que equivale a un descuido u omisión por parte del profesionista.

A pesar de este escenario, existen diversos medios de protección a derechohabientes, pacientes y sus familiares, los cuales se abordarán a continuación.

Queja ante el IMSS

El propio IMSS, en cada una de sus delegaciones estatales, tiene un área especializada en la recepción de quejas por malas prácticas de su personal, denominado Órgano Interno de Control, que tiene como finalidad el prevenir, detectar y abatir los actos de corrupción, promover la transparencia y el apego a la legalidad de los servidores públicos, mediante la realización de auditorías y revisiones a los diferentes procesos de la Institución, así como la atención de quejas, denuncias, peticiones ciudadanas, resolución de procedimientos administrativos de responsabilidades y de inconformidades.

Ante un tema de negligencia, al encontrar elementos suficientes en que personal del Instituto trastoque los derechos humanos de los individuos en cuanto a su salud, buscan resarcir el daño del afectado, además de sancionar al responsable, suspendiéndolo temporal o definitivamente del ejercicio de su profesión, y en caso necesario, acudir a otras instancias para la aplicación de sanciones más severas.

Queja médica ante la CONAMED

La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) cuenta con un equipo de especialistas en la atención de quejas por la prestación de los servicios de salud, quienes desde el punto de vista médico y legal analizarán la narración de los hechos materia de las quejas efectuadas, buscando la mejor alternativa para la atención del problema, a través de la figura de la conciliación y el arbitraje.

La queja médica es una forma de resolver problemas que derivan directamente de la actuación, el diagnóstico, el tratamiento o la cirugía realizada por médicos o prestadores de servicios de salud al presentarse una irregularidad en el servicio médico, léase omisión, error técnico, mala práctica, imprudencia, abandono, descuido, o falta de conocimiento de la técnica, de experiencia, de habilidad o de pericia.

La condición para este medio de solución de controversias es que la petición que se hace al prestador del servicio médico sea de carácter civil y conciliable; es decir, que se pueda llegar a un acuerdo o hacer un convenio entre los involucrados para resolver la queja.

La posible comisión de delitos

En la práctica, lo más recurrido por los afectados ante situaciones más serias es la instauración de un procedimiento penal en contra de los posibles responsables. El Código Penal Federal en sus artículos 228, 229 y 230, alude al delito de responsabilidad profesional, el cual estipula que los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares, serán responsables de los delitos que cometan en el ejercicio de su profesión, llegando a aplicarles una suspensión de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o definitiva en caso de reincidencia, además de estar obligados a la reparación del daño por sus actos propios y por los de sus auxiliares, cuando estos obren de acuerdo con las instrucciones de aquellos.

A manera de conclusión, si bien es cierto que existen diversos mecanismos para hacer frente a afectaciones por omisiones médicas, la realidad es que las víctimas muchas veces no conocen sus alcances, y en ocasiones resuelven no promover nada en su contra, por lo que se debe de fomentar la cultura de la denuncia

Referencias

Bañuelos Delgado, N. (s.f.). La mala práctica. Disponible en: http://www.conamed.gob.mx/comisiones_estatales/coesamed_nayarit/publicaciones/pdf/mala_practica.pdf

Cámara de Diputados. (09 de marzo de 2018). Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_090318.pdf

De Pina Vara, R., & De Pina, R. (2007). Diccionario de Derecho (36a ed.). México: Porrúa.

gob.mx. (2018). Acciones y Programas.Disponible en: https://www.gob.mx/conamed/acciones-y-programas/queja-medica-para-conciliacion-ante-la-conamed

Instituto Mexicano del Seguro Social. (2018). Disponible en: http://www.imss.gob.mx/transparencia/oic

Lex & Co. (26 de diciembre de 2017). Disponible en: https://abogadosnegligenciamedica.com.mx/estadisticas-de-negligencia-medica-en-mexico-en-2017/

Sosa, Y. (11 de abril de 2018). Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/estados/padres-de-nino-muerto-por-presunta-negligencia-medica-denuncian-amenazas