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Nuevo código nacional de procedimientos civiles y familiares

Por: LD. Ibeth González Herrera
Abogada egresada del Instituto de la Judicatura Federal
ibeth.gonzalez@strategamagazine.com%20

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El pasado 07 de junio de 2023, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el cual tiene como objetivo establecer lineamientos homologados en todo el país para dirimir las controversias entre particulares.

En la actualidad, existe una diversidad de normas contenidas en los Códigos Procesales de cada uno de los Estados y el Federal, lo que ha generado obstáculos para que las personas puedan acceder a una justicia expedita en la materia civil y familiar, debido a la existencia de reglas, plazos, términos, criterios y sentencias distintas y, a veces, contradictorias entre sí, en relación a un mismo procedimiento. Adicionalmente, el sistema de justicia basado exclusivamente en procesos escritos, no está a la altura de las necesidades y expectativas de la ciudadanía, que busca resolver los conflictos en forma eficaz y eficiente.

Nuestra Carta Magna refiere en su numeral 17 que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia de manera pronta, completa e imparcial; derivado de lo anterior, el 15 de septiembre de 2017 se publicó en el DOF una reforma constitucional para facultar al Congreso a expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar, con el objetivo de tratar de resolver esa ineficiencia en la impartición de justicia cotidiana que existe en nuestro país.

El objetivo principal de la promulgación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es lograr la unificación de las reglas procesales en todo el país para obtener mayor celeridad en los asuntos litigiosos planteados, buscando priorizar la oralidad y un efectivo acceso a la justicia pronta, completa, imparcial y expedita para garantizar a los operadores jurídicos el ejercicio de sus funciones, habilidades y destrezas, acorde con los derechos humanos, postulados y principios contenidos en la Constitución.

Asimismo, el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares consta de mil 191 artículos, señala que el sistema de impartición de justicia en materias civil y familiar será adversarial, democrático y oral; también contempla y regula las acciones colectivas para la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos.

El decreto potencializa a los medios alternos de solución de conflictos, con lo que se pretende que las personas justiciables y litigantes acudan subsidiariamente ante los órganos jurisdiccionales a resolver sus conflictos; además de integrar el uso de las tecnologías de la información para la tramitación de los procesos judiciales.

El artículo transitorio segundo determina que la entrada en vigor del nuevo código deberá ser gradual tanto a nivel federal como local, sin que se pueda exceder del 1° de abril de 2027.