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Bases fiscales para emprender un negocio

Por: MDF. Ricardo Manuel Derreza Gutiérrez
Asesor y planeador fiscal

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Si uno de los propósitos para este 2019 es comenzar un negocio, es importante saber que la idea de emprender en nuestro país muchas veces se queda en un proyecto de papel sobre el escritorio, pues los trámites requeridos son sumamente tardados, tediosos y desalentadores, y muchos emprendedores prefieren detener por completo su plan.

Otro punto es que, por lo general, no conocemos el tipo de sociedad ni el régimen más adecuados para nuestra empresa; en México, bajo el principio de equidad, tributamos de distintas formas, según seamos personas físicas o morales, y de acuerdo con nuestras actividades comerciales. Esta decisión es medular, define el rumbo del negocio con respecto a beneficios, estímulos o facilidades fiscales y administrativas.

Una vez vencidas las barreras de los trámites, y antes de pensar en nuestros primeros ingresos, debemos considerar el pago de impuestos, pues este tema impacta una vez que entramos en operación.

Esto deriva debido a que la emoción y ánimo al emprender llevan solo a tomar en cuenta lo que se requiere, como costos, mano de obra, gastos indirectos, mercadotecnia, tecnología y todo lo involucrado con el hecho de ganar dinero, pues, en su mayoría, el fin de las ideas es de carácter lucrativo, y tan es así que uno tiene visualizado cuánto se quiere ganar en un corto, mediano y largo plazo, si las cosas resultan como lo esperamos. Sin embargo, por lo regular, dejamos fuera al Estado, al que hemos de entregar un pedazo del pastel, ya que es nuestra obligación, como mexicanos, contribuir al gasto público.

Las contribuciones de las cuales uno no se puede escapar y, por ende, es preciso contemplar antes de calcular la ganancia neta son: el Impuesto Sobre la Renta, que corresponde al 30% como persona moral y hasta un 35% como persona física, tasa aplicable una vez que restamos nuestras deducciones de los ingresos; el Impuesto al Valor Agregado, si nuestra actividad está sujeta a este gravamen, debemos tener en cuenta en nuestro flujo que ese 16%, agregado en las ventas, se reporta al fisco al mes siguiente, por eso, desde el inicio de la operación, es necesario mantener la cultura fiscal de no considerarlo como parte del ingreso, pues es un impuesto indirecto que se traslada a los clientes y nosotros somos los sujetos solidarios con la obligación de entregárselo al Estado. Este efecto es similar con el Impuesto Especial de Productos y Servicios (IEPS), sin embargo, la tasa varía, según el producto o servicio correspondiente.

Además, si contamos con trabajadores, una de nuestras obligaciones como patrones es darlos de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para que cuenten con prestaciones médicas y económicas; una vez estimada la nómina de nuestro personal, debemos calcular las cuotas patronales de seguridad social, las cuales –en promedio– corresponden al 22% del total del sueldo bruto. Adicional a esto, es importante agregar hasta un 3% sobre el sueldo bruto por el Impuesto Sobre Remuneración al Personal Subordinado, tasa que define el Estado donde se preste el servicio.

Con todo esto, parece que “uno no sabe para quién trabaja” y si, bien, lo anterior puede parecer desalentador para emprender un negocio, debido a que nos cuesta mucho trabajo desembolsar por estos conceptos y hacer al Estado partícipe de nuestras utilidades. Por supuesto, esto existe en mayor y menor medida, pues contamos con un sistema tributario proporcional, sin embargo, nadie se salva de pagar impuestos. La clave está en considerar estas partidas como algo dentro de la operación, investigar beneficios y estímulos fiscales, y encontrar la forma más eficiente de operar, de este modo no estaremos –como muchos empresarios– viendo de dónde sacar recursos ni terminaremos pagando accesorios y recargos por no cumplir en tiempo y forma.